El impuesto de inmuebles en Panamá es la carga impositiva que el estado asigna a las propiedades inmobiliarias. En Panamá este se calculo en función al valor catastral de la propiedad y de conformidad con las tarifas y condiciones de la Ley 66 de 17 de octubre de 2017, cuya vigencia inició a partir el 1 de enero de 2019.
¿Cómo puedo verificar el valor catastral de mi propiedad en la DGI?
Esta información puede obtenerse en la página web de la Dirección General de Ingresos, para ello requieres contar con el Número de identificación tributaria (NIT), En caso de no contar con el NIT, con mucho gusto podemos ayudarte a conseguirlo.
¿A quiénes aplica el impuesto de inmueble?
El impuesto de inmuebles aplica a todos los terrenos situados en el territorio de la República de Panamá, así como los edificios y demás construcciones hechas o que se hicieren sobre dichos terrenos, tengan o no un título de propiedad inscrito en el Registro Público y en la ANATI. Indistintamente, si es vivienda unifamiliar, multifamiliar, residencial, condominio, de uso comercial, agrícola u otros.
¿Cuándo se debe pagar?
El impuesto de inmueble se paga anualmente en tres partidas: 30 de abril, 30 de agosto y 30 de diciembre. Tenga en cuenta que puede obtener un 15% de descuento si paga la anualidad completa antes del 30 de abril, y si la cuenta no tiene saldo moroso – aplica para 2023 y 2024 (Ley 337 de 2022), descuento regular es de 10%.
El impuesto de bienes inmuebles puede ser pagado directamente en las oficinas de la Dirección General de Ingresos (DGI). Adicionalmente, los bancos, entidades financieras y demás instituciones que otorguen financiamiento para la compra de viviendas o bienes raíces en general, también son agentes autorizados para la retención del impuesto de bienes inmuebles en Panamá
¿Está su propiedad inmueble a paz y salvo?
En C&M Accounting & Tax Solutions, le brindamos toda la asesoría y asistencia requerida para que mantenga sus bienes inmuebles en cumplimiento con las normas tributarias.
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