Modificaciones en los permisos de estadía para personal extranjero con Visa SEM tras la finalización de su relación laboral
- administracion58436
- 31 mar
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El Servicio Nacional de Migración de Panamá ha emitido la Resolución No. 4887 del 18 de febrero de 2025, que establece condiciones más estrictas para el otorgamiento de permisos de estadía al personal extranjero con Visa de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional (SEM) y a sus dependientes, una vez concluida su relación laboral.
Principales disposiciones de la Resolución No. 4887:
1. Duración del permiso de estadía:
Se concede un permiso de estadía de hasta seis meses calendario al personal extranjero y sus dependientes cuya relación laboral haya finalizado.
2. Plazo para solicitar el permiso:
La empresa con licencia SEM debe presentar la solicitud dentro de los cinco días hábiles siguientes a la terminación del contrato laboral, a través de la plataforma INFOSEM V.2 de la Ventanilla Única del Ministerio de Comercio e Industrias.
3. Requisitos para la solicitud:
Poder y solicitud formal dirigidos al Servicio Nacional de Migración.
Carné vigente de la Visa SEM.
Carta de la empresa SEM detallando la finalización de la relación laboral y solicitando el permiso de estadía.
Certificación de la Dirección General de Sedes de Empresas Multinacionales confirmando la presentación de la solicitud.
4. Costo y emisión del carné de estadía:
El nuevo carné de estadía tiene un costo de B/.100.00 por persona y su vigencia no excederá los seis meses calendario.
5. Obligaciones al finalizar el permiso:
Al concluir el período de estadía, el extranjero dispone de cinco días calendario para abandonar el país o regularizar su situación migratoria, evitando así multas por estadía vencida.
Si su empresa necesita mayor información contáctenos a través de cym@cedeymen.com
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