La Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria COMUNICA a los Representantes Legales de Distribuidoras e Importadoras locales, Laboratorios Fabricantes Nacionales y Extranjeros de Productos Cosméticos, Profesionales Farmacéuticos Asociados e Independientes, Responsables de Trámites de Registro o Inscripción Sanitaria de Productos Cosméticos:
- Que la Dirección de Farmacia prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2022 la disposición administrativa que permite fabricar, importar, distribuir y comercializar Productos Cosméticos sin que los establecimientos cuenten con Licencia Sanitaria de Funcionamiento, y que estos productos no estén registrados o inscritos en esta Dirección de Farmacia.
- Que a partir del 01 de Enero de 2023, es obligatorio que tanto el Establecimiento Distribuidor e Importador loca y el Laboratorio Fabricantes nacional de Productos Cosméticos cuenten con Licencia Sanitaria de Funcionamiento otorgada por la Dirección de Farmacia.
- Que a partir del 01 de Enero de 2023 todos los productos cosméticos que se fabriquen, importen, distribuyan y comercialicen en el país, deben contar con el correspondiente registro o inscripción sanitaria otorgado por la Dirección de Farmacia.
- Que a partir del 01 de Enero 2023 entra en vigencia el nuevo RTCA 71.03.36:21 Productos Cosméticos. Etiquetado de Productos Cosméticos en la forma que aparece en el ANEXO DE LA RESOLUCIÓN N° 467-2022 (COMIECO-C)
- Que los Establecimientos que tienen productos cosméticos registrados en la Dirección de Farmacia cuentan con un plazo de 12 meses (hasta el 01 de Enero de 2024) a partir de la entrada en vigencia del RTCA de Etiquetado de Cosméticos; para agotar el inventario de las etiquetas con que cuenten.
- Por último informa que el trámite de Registro o Inscripción Sanitaria de Productos Cosméticos es de 60 días hábiles.
Consulte a nuestro Departamento de Registros Sanitarios https://www.cedeymen.com/registro-sanitario-y-asuntos-regulatorios
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